
¿Pagan plusvalía los mayores de 65 años? Conoce las exenciones
¿Se paga también plusvalía para los mayores de 65 años, o están exentos? Si te estás haciendo esta pregunta, sigue leyendo, porque vamos a darte todas las respuestas.
Cuando una persona mayor de 65 años decide vender su vivienda, surgen muchas dudas sobre los impuestos que deben pagarse, especialmente en lo que respecta a la plusvalía municipal. Aunque en algunos casos existen beneficios fiscales, no todas las ventas están exentas del pago de impuestos.
En Inmobiliaria Properfy, hemos preparado un análisis en el que te explicamos cuáles son las situaciones en las que los mayores de 65 años están exentos de pagar la plusvalía municipal y qué requisitos deben cumplir.
¿Qué es la plusvalía municipal?
Antes de explicarte si los mayores de 65 años están exentos de plusvalía, vamos a definir bien este impuesto. La plusvalía municipal, conocida oficialmente como Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es un tributo que se paga al vender, heredar o donar un inmueble. Este impuesto grava el incremento del valor del suelo urbano donde está construida la vivienda desde la fecha en que se adquirió hasta el momento de la transmisión.
Es importante aclarar que este impuesto lo recauda el ayuntamiento y que cada municipio establece su propia normativa dentro del marco general de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
¿Cuándo se paga la plusvalía municipal?
- Venta de la vivienda: El vendedor es quien debe pagar este impuesto, a menos que se haya pactado lo contrario con el comprador.
- Herencia o donación: En estos casos, el heredero o beneficiario es el que debe asumir el pago.
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¿Los mayores de 65 años están exentos de pagar la plusvalía municipal?
¿Cómo funciona la exención de la plusvalía municipal en mayores de 65 años? Existe una creencia generalizada de que las personas mayores de 65 años no deben pagar impuestos al vender una vivienda, pero esto no es del todo cierto. Si bien existen exenciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la normativa de la plusvalía municipal no contempla una exención automática para este grupo de edad.
La única forma en la que una persona puede estar exenta de pagar la plusvalía para mayores de 65 años en vivienda habitual es cuando no ha habido un incremento del valor del terreno. Si la venta genera una pérdida patrimonial, el Tribunal Constitucional ha determinado que no debe pagarse la plusvalía municipal. Sin embargo, será necesario demostrarlo con la escritura de compraventa y solicitar la revisión ante el ayuntamiento correspondiente.
¿Qué ocurre si se vende la vivienda habitual?
En el caso de la venta de la vivienda habitual, las personas mayores de 65 años están exentas de pagar el IRPF por la ganancia patrimonial obtenida, pero los jubilados pagan plusvalía obligatoriamente si su casa ha aumentado de valor.
La única excepción en la que no se pagaría la plusvalía es si no ha habido un incremento en el valor del suelo. Es decir, si la vivienda se vende por un valor igual o menor al de compra, no se generará el impuesto.
Plusvalía para mayores de 65 años en su segunda vivienda
Si la vivienda vendida no es la habitual (por ejemplo, una casa en la playa o un piso en alquiler), la persona mayor de 65 años sí debe tributar tanto en el IRPF como en la plusvalía municipal. Sin embargo, existe una forma de exención fiscal en el IRPF: si el dinero obtenido de la venta se reinvierte en una renta vitalicia.
Exención del IRPF con una renta vitalicia
Para estar exento del pago del IRPF en la venta de una segunda vivienda, se debe reinvertir el capital obtenido en una renta vitalicia, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- La renta vitalicia debe contratarse en un plazo máximo de seis meses tras la venta.
- El importe máximo exento es de 240.000 euros.
- Los pagos periódicos de la renta no pueden decrecer más del 5% respecto al año anterior.
- Al contratar la renta vitalicia, se debe informar a la aseguradora de que el capital proviene de una ganancia patrimonial.
A pesar de esta exención en el IRPF, la plusvalía municipal sí deberá pagarse, salvo que se demuestre que el suelo no ha aumentado de valor.
¿Cómo se calcula la plusvalía municipal?
Ahora que ya sabes que la plusvalía por la venta de una vivienda en mayores 65 años es obligatoria, vamos a enseñarte cómo puedes calcularla. El cálculo de la plusvalía municipal depende de dos factores principales:
- Valor catastral del suelo: Se encuentra en el recibo del IBI de la vivienda.
- Tiempo de posesión: Se calcula en función de los años que la vivienda ha estado en propiedad desde la última transmisión.
Desde la reforma del impuesto en 2021, existen dos métodos de cálculo, y el contribuyente puede elegir el que le sea más favorable. En cualquier caso, es recomendable acudir a un asesor fiscal o consultar con el ayuntamiento para conocer cuál es la mejor opción:
- Método objetivo: Se multiplica el valor catastral del suelo por un coeficiente fijado por el ayuntamiento en función del tiempo de tenencia del inmueble.
- Método de cálculo del incremento real: Se tiene en cuenta la diferencia entre el precio de compra y el de venta del inmueble, siempre aplicando la proporción correspondiente al valor del suelo.
Consejos para minimizar el impacto fiscal en la venta de una vivienda
Si tienes más de 65 años y estás pensando en vender una vivienda, te recomendamos que tomes ciertas medidas para optimizar la tributación:
- Revisar la plusvalía municipal antes de la venta: Solicita al ayuntamiento una estimación del impuesto para saber cuánto tendrás que pagar.
- Comprobar si existe pérdida patrimonial: Si vendes la vivienda por un precio inferior al de compra, podrás solicitar la exención de la plusvalía.
- Consultar con un asesor fiscal: Un profesional te ayudará a calcular los impuestos y a elegir la mejor estrategia para reducir la carga fiscal.
- Considerar la opción de la renta vitalicia: Si la vivienda no es habitual, puedes reinvertir en una renta vitalicia para evitar el pago del IRPF.
- Solicitar el fraccionamiento del pago: En algunos municipios es posible dividir el pago de la plusvalía municipal en varias cuotas.
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